En una reciente reunión con el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), Patricia Villarreal, presidenta; Francisca Gebauer, directora ejecutiva; e Iván Arcos, asesor de Compliance de CampoLimpio, expusieron diversas observaciones sobre la Resolución 243 del SAG, que establece obligaciones para Compraventa, Almacenaje, Manipulación y Aplicación de Plaguicidas de Uso Agrícola en Chile. Por parte del SAG, participaron Rodrigo Sotomayor, subdirector Nacional de Gestión Técnica; Marco Muñoz, jefe de la División de Protección Agrícola-Forestal y Semillas; y Pablo Reyes, jefe del Subdepartamento de Control de Fitosanitarios, Fertilizantes, Bioestimulantes e Inocuidad.
Durante el encuentro, CampoLimpio presentó propuestas para ajustar la resolución a la normativa vigente, en particular la Ley 20.920 sobre Responsabilidad Extendida del Productor (REP), que establece que los productores deben organizar y financiar la recolección y valorización de los envases agroindustriales a través de un sistema de gestión autorizado.
Uno de los puntos centrales de la discusión fue la identificación de inconsistencias entre la Resolución 243 y la Ley 20.920, que rige la gestión de residuos de ciertos productos prioritarios definidos por el Ministerio de Medio Ambiente. Mientras que la normativa ambiental establece que todo consumidor está obligado a entregar los residuos al respectivo sistema de gestión bajo las condiciones básicas definidas por estos e informadas públicamente, la Resolución 243 presenta algunas discrepancias que podrían dificultar la correcta implementación de los objetivos de reciclaje y gestión de residuos.
En este sentido, CampoLimpio manifestó al SAG la necesidad de realizar los ajustes pertinentes a la Resolución 243 con el fin de garantizar su concordancia con las leyes vigentes antes de su entrada en vigencia programada para el 20 de enero de 2026.
Otro aspecto relevante tratado en la reunión fue la necesidad de que los agricultores y las empresas del sector lleven un registro adecuado de los envases entregados para reciclaje, con la obligación de conservar los comprobantes de recepción por un mínimo de dos años. Este requisito es clave para garantizar el cumplimiento de la normativa y evitar posibles sanciones.
En conclusión, CampoLimpio reiteró su compromiso con la gestión responsable de los residuos agroindustriales, y se comprometió a seguir colaborando con el SAG y otras autoridades relevantes para garantizar que la gestión de los envases vacíos de fitosanitarios se realice de manera responsable, alineada con las mejores prácticas internacionales y en pleno cumplimiento de las normativas vigentes.